Ribera del Guadiana es una denominación de origen de vinos de Extremadura. Se reconoció en 1999, cuando el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación ratificó el reglamento de su Consejo Regulador.
Se amparan bajo una sola D.O. las seis comarcas vitivinícolas extremeñas. No se impone un criterio de homogeneidad sino se exigió simplemente que los elementos naturales que concurren permitieran alcanzar un adecuado nivel de calidad en los productos. Se incluyen, ésta suma de áreas dispersas aunque conectadas entre sí por vínculos vitivinícolas (variedades, forma de cultivo…), enológicos (modalidades de elaboración, de crianza,…) o por razón del nombre del producto del mercado. La zona de producción de los vinos amparados por esta denominación de origen está constituida por terrenos ubicados en los términos municipales que se citan a continuación en cada subzona: Tierra de Barros, Matanegra, Ribera Alta, Ribera Baja, Cañamero y Montánchez.